miércoles, 10 de junio de 2009

Escrache a la Dirección General de Administración de Bienes de la Ciudad



Diversos centros culturales, ollas populares y asambleas de la Ciudad de Buenos Aires escrachamos a la Dirección General de Administración de Bienes de la Ciudad, por dictar el desalojo de una familia de 11 personas en el barrio de Almagro, además de ser la institución del gobierno porteño encargada de otros numerosos desalojos de viviendas, edificios y espacios ocupados por familias, producto de la crisis habitacional en la Ciudad. Fotos:Anred
















Por Agencia

Cuando comenzaba a caer la tarde, una numerosa columna de integrantes de espacios culturales, ollas populares y asambleas de la Ciudad de Buenos Aires nos concentramos cerca de la Dirección General de Administración de Bienes de la Ciudad, a metros de Balcarce y avenida Belgrano, con el fin de escrachar dicha institución del gobierno porteño por las constantes medidas de desalojo que viene dictando contra familias que ocupan espacios y edificios, producto de la crisis habitacional.

Con un corte sobre la avenida Belgrano, los manifestantes repudiamos el accionar del gobierno de macrista y denunciaron que "Macri vetó la Ley de Emergencia Habitacional, aprobada en el Congreso, que prohibía todos los desalojos de inmuebles bajo propiedad del Gobierno de la Ciudad que fuesen utilizados como vivienda", lo cual le da poderes para " decretar cualquier desalojo dentro de la Ciudad de la noche a la mañana, sin posibilidad de apelación ni previo aviso".

Asimismo, señalamos también a la Unidad de Control del Espacio Público (UCEP) , "integrada por 29 patoreros contratados por el Estado como fuerza de choque que se encarga del trabajo sucio, y que prepara el terreno para todo operativo de desalojo 'eficaz y exitoso' ", además de "intimidar a cartoneros o echar familias e individuos indigentes del lugar donde se encuentran, agrediéndolos físicamente, destruyendo sus pertenencias y amenazándolos" .

La protesta estuvo vigilada en todo momento por un fuerte operativo policial, que contaba además con vehículos como automóviles, camionetas e incluso un colectivo para alojar detenidos. El operativo incluyó también la presencia de una gran cantidad de efectivos de civil que observaban, vigilaban la zona y se comunicaban entre si por handys, además de tomar filmaciones de todos los concurrentes. Incluso, la policía recurrió a una extraña mujer rubia que, simulando ser periodista, hacía preguntas a los concurrentes sobre las organizaciones participantes y sus integrantes, y luego brindaba informes a un efectivo del lugar.

Al poco tiempo de comenzada la movilización, un grupo de 5 representantes de los manifestantes se reunieron con autoridades de la Dirección General de Administración de Bienes.

Dos horas más tarde, al finalizar la reunión los representantes anunciaron que habían logrado frenar provisoriamente el desalojo de la familia que ocupa un espacio del gobierno de la ciudad en el barrio porteño de Almagro, pero señalaron el peligro del "inminente desalojo del Centro Cultural y Cooperativa Trivenchi en Constitución, además de una enorme cantidad de espacios culturales, sociales y productivos amenazados".

Reproducimos la copia del acta que se firmó en la Dirección General de Administración Bienes de la Ciudad entre autoridades del gobierno y la comisión integrada por varios delegados de los distintos espacios que participan de la Asamblea Permanente contra los Desalojos:

Buenos Aires 8 de Junio de 2009

En Buenos Aires a los 8 días del mes de junio de 2009, estando presentes por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires el Ing. Javier Ignacio Ibáñez y por la casa de Pringles 354 la Sra. Sonia Alejandra Arias, como así por el inmueble de Constitución 2937/39 se ha efectuado una reunión para lograr consensos y en la que han acordados los siguientes puntos:

1º) Suspender el desalojo administrativo de ambos inmuebles.
2º) Retomar una mesa de negociación a los efectos de buscar una solución conforme a la necesidad de ambas partes.
3º) Establecer un canal de comunicación para hacer efectivos los créditos ya aprobados por el IVC.
4º) Presentar un nuevo modelo de acuerdo en vistas de renovar el predio de Constitución 2937/39.
5º) Comenzar el diálogo para Paseo Colón 1068.
6º) Se fija fecha de próxima reunión para el día 22/06/2009

Ing. Javier Ibañez
Director General
Dirección General de Administración de Bienes
Ministerio de Desarrollo Económico Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires




ESTAMOS EN ASAMBLEA PERMANENTE TODOS LOS MIERCOLES A LAS 19:00 HS EN LA OLLA POPULAR DE ANGEL GALLARDO Y CORRIENTES!

7 comentarios:

  1. Juicio de Desalojo por incumplimiento de contrato contra CERIMELLI EMILIANO ABEL CUIL 20-23602024-0
    Poder Judicial de la Nación
    JUZGADO NAC. DE 1RA. INST. CIVIL Nº 97 103709/2012
    JUICIO C/ CERIMELLI EMILIANO ABEL S/DESALOJO POR VENCIMIENTO DE CONTRATO
    Inicio Diciembre 2012
    Se ordena la restitución inmediata del inmueble locado haciéndose cargo de todos los gastos, reparaciones, multas, lucro cesante y costas del juicio, so pena de trabársele embargo sobre el sueldo percibido en Newcar Group S.A. (CUIT 30-70972348-7), y sobre los bienes a su nombre y los de su garante Alejandro Marcelo Sesto (CUIT 20-17233882-9) entre los cuales se incluyen los rodados dominios FJR-259, 110-CGB, 871-HYO, EBV-802, HST-551 y DFR-153.

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  2. Juicio de Desalojo por incumplimiento de contrato contra CERIMELLI EMILIANO ABEL CUIL 20-23602024-0
    Poder Judicial de la Nación
    JUZGADO NAC. DE 1RA. INST. CIVIL Nº 97 103709/2012
    JUICIO C/ CERIMELLI EMILIANO ABEL DNI:23602024 S/DESALOJO POR VENCIMIENTO DE CONTRATO - Diciembre 2012
    .... restitución inmediata del inmueble locado haciéndose cargo de los gastos, reparaciones, multas, lucro cesante y costas del juicio, so pena de trabársele embargo sobre el sueldo percibido en Newcar Group S.A. (CUIT 30-70972348-7 Av. De Los Incas 4831 Capital Federal TE/FAX: 4524.7100), y bienes a su nombre y los de su garante Alejandro Marcelo Sesto (CUIT 20-17233882-9) .... extiéndase a los rodados dominios FJR-259, 110-CGB, 871-HYO, EBV-802, HST-551 y DFR-153.
    mailto:emicerimelli@hotmail.com

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  3. CERIMELLI EMILIANO ABEL / CUIL 20-23602024-0 / JUICIO DE DESALOJO POR VENCIMIENTO DE CONTRATO Y FALTA DE PAGO
    Poder Judicial de la Nación - JUZGADO NAC. DE 1RA. INST. CIVIL Nº 97 103709/2012
    Buenos Aires, 12 de marzo de 2013
    AUTOS Y VISTOS
    No habiendo el demandado comparecido a estar a derecho pese a estar debidamente emplazado para ello a fs.36/37 y atento al tiempo transcurrido, decláraselo REBELDE en los términos del art. 59 del Código Procesal, haciéndosele saber que las sucesivas providencias se le tendrán por notificadas en la forma y oportunidad previstas en el art. 133 del Código Procesal.
    Embárguese haberes, cuentas bancarias y bienes a su nombre en la magnitud suficiente para cubrir la deuda impaga.
    Se instruye al Oficial de Justicia para que haga efectivo el desalojo inmediato con asistencia de la fuerza pública y se traslade al demandado a la alcaldía municipal en carácter de detenido.
    Notifíquese bajo responsabilidad de la parte actora.

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  4. CERIMELLI EMILIANO ABEL / CUIL 20-23602024-0 / JUICIO DE DESALOJO POR VENCIMIENTO DE CONTRATO Y FALTA DE PAGO
    Poder Judicial de la Nación - JUZGADO NAC. DE 1RA. INST. CIVIL Nº 97 103709/2012
    Buenos Aires, 12 de marzo de 2013
    AUTOS Y VISTOS
    No habiendo el demandado comparecido a estar a derecho pese a estar debidamente emplazado para ello a fs.36/37 y atento al tiempo transcurrido, decláraselo REBELDE en los términos del art. 59 del Código Procesal, haciéndosele saber que las sucesivas providencias se le tendrán por notificadas en la forma y oportunidad previstas en el art. 133 del Código Procesal.
    Embárguese haberes, cuentas bancarias y bienes a su nombre en la magnitud suficiente para cubrir la deuda impaga.
    Se instruye al Oficial de Justicia para que haga efectivo el desalojo inmediato con asistencia de la fuerza pública y se traslade al demandado a la alcaldía municipal en carácter de detenido.
    Notifíquese bajo responsabilidad de la parte actora.

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    1. Poder Judicial de la Nación JUZGADO NAC. DE 1RA. INST. CIVIL Nº 97 103709/2012
      C/ CERIMELLI EMILIANO ABEL S/DESALOJO POR VENCIMIENTO DE CONTRATO
      Buenos Aires, 18 de abril de 2013.- F
      AUTOS Y VISTOS: En atención a lo solicitado y lo dispuesto por el art. 359 del Código Procesal, al no existir controversia respecto de los hechos conducentes, declárase la cuestión como de puro derecho. Notifíquese al demandado en los términos del art. 133 del CPCCN.-

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  5. Poder Judicial de la Nación JUZGADO NAC. DE 1RA. INST. CIVIL Nº 97 103709/2012
    C/ CERIMELLI EMILIANO ABEL S/DESALOJO POR VENCIMIENTO DE CONTRATO
    Buenos Aires, 18 de abril de 2013.- F
    AUTOS Y VISTOS: En atención a lo solicitado y lo dispuesto por el art. 359 del Código Procesal, al no existir controversia respecto de los hechos conducentes, declárase la cuestión como de puro derecho. Notifíquese al demandado en los términos del art. 133 del CPCCN.-

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